Licencia para seguir contaminando
En junio pasado una nueva Resolución N° 672/022 fue emitida por la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA), dependencia del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) en relación a las aplicaciones de agrotóxicos. Establece que “Las personas físicas o jurídicas que presten servicios a terceros y realicen aplicaciones terrestres de productos fitosanitarios de uso agrícola en cultivos extensivos (cereales, oleaginosas y forrajeras), cultivos forestales y cultivos hortifrutícolas, deberán registrar las aplicaciones que realicen, antes o hasta 7 días corridos luego de haber sido realizada dicha aplicación.” Lo mismo rige para aquellas aplicaciones en cultivos propios, con equipos de tanque mayor o igual a 1000 litros.
Esta medida según las autoridades de gobierno apunta a la responsabilidad de los aplicadores, dejando sin efecto la resolución 22/010 de 2010, en la que se establecía que todas las empresas aplicadoras de agroquímicos que prestasen servicios a terceros debían “registrar diariamente las aplicaciones”. Ese registro se debía hacer mediante la página web del ente y tenían que brindar datos sobre: la fecha, el horario y el cultivo en el que se realizó la fumigación, el producto utilizado, la dosis y el cliente. “Resulta necesario continuar propiciando mecanismos que generen adecuadas medidas de contralor de las disposiciones de referencia para la concreción de las buenas prácticas”, se determinaba en aquel momento. Un cambio sustancial en esta nueva normativa es que ahora para la aplicación en cultivos propios, de menos de 1000 lts. de capacidad de tanque el registro no es obligatorio, se podrá registrar las aplicaciones en dicho sistema de forma voluntaria.
Trabajadores sin protección
Frente a este cambio en la regulación, la Unión Nacional de Asalariados, Trabajadores Rurales y Afines (UNATRA) manifestó en un comunicado su descontento y preocupación por “la flexibilidad de la normativa regulatoria (decreto 672/022) sobre registro ante el Ministerio de Ganadería de aplicaciones de agrotóxicos, haciéndolas voluntarias por un año bajo la libertad responsable”. Este cambio de regulación se habría realizado por pedido de cámaras empresariales rurales, sociedades agropecuarias y empresas fumigadoras.
A su vez, la UNATRA expresa que la resolución promueve un franco retroceso en la regulación del uso de manejo de agrotóxicos con una clara mitigación de disposiciones protectoras de la integridad física y de la salud de los trabajadores y una precarización de las condiciones de trabajo.
Contaminación por agrotóxicos
Los agrotóxicos empleados extensamente en la producción agrícola son sustancias tóxicas que se utilizan para combatir o prevenir los ataques de plagas en la agricultura y para eliminar toda vegetación ajena al cultivo. También se emplean para eliminar insectos, ácaros, hongos, roedores, caracoles, gusanos, etc. Como suelen ser «no selectivos» también pueden dañar otros seres vivos, incluyendo al ser humano, y contaminar aire, agua, alimentos y suelo. Tienen la capacidad de llegar al ser humano y también a los animales domésticos o de crianza.
A nivel mundial se venden más de 800 ingredientes activos de plaguicidas en decenas de miles de formulaciones. Nuestra realidad no escapa a la mundial. Los plaguicidas registrados por la (DGSA) son 2601, incluyendo sustancias activas y nombres comerciales, sus aptitudes varían entre insecticidas, funguicidas, rodenticidas, nematicidas, repelentes para pájaros, acaricidas, molusquicidas, coadyuvantes, hormiguicidas, reguladores fisiológicos, fumigantes y herbicidas.
Dentro de estos plaguicidas, 81 son ingredientes activos y 330 son nombres comerciales catalogados como Plaguicidas Altamente Peligrosos (PAP), utilizados ampliamente en hortalizas, cultivos agrícolas, fruticultura y forestación. La Unión Europea y muchos otros países, tienen prohibidos 41 plaguicidas que están registrados y a la venta en Uruguay, esto quiere decir que un poco más de la mitad de los PAP, no se venden ni usan en países de distintas regiones del mundo. Dentro de los cuales, a modo de ejemplo, se encuentran el Paraquat dicloruro, Mancozeb, Malatión, Iprodione, Glufosinato de amonio, Fipronil y Clorpirifos entre muchos otros.
La medida tomada recientemente por la DGSA no ayuda a llevar un registro de lo que se aplica ni cuándo esta aplicación se realiza, solo apuesta a una mayor contaminación por Plaguicidas Altamente Peligrosos. Si la regulación del 2010 era laxa dando plazo a la notificación de las fumigaciones, este cambio la hace aún más débil, no solo para los trabajadores y poblaciones cercanas a los cultivos, sino también para los ecosistemas, que tendrán una mayor vulnerabilidad.
Existe una preocupación creciente por las evidencias científicas en función al tipo de producción que se realiza, estudios han demostrado los impactos de los agrotóxicos y registrados casos de afectaciones entre los trabajadores agrícolas de nuestro país. Recientemente se ha dado a conocer la presencia de glifosato entre la población rural en Uruguay, herbicida ampliamente usado que acompaña los miles de hectáreas de soja transgénica sembradas en nuestro país, junto a otros cultivos.
Barrer con medidas que son protectoras, no facilita las denuncias por mal uso o por intoxicaciones. Esto promueve la existencia de un subregistro de denuncias, que además muchas de ellas no se realizan al MGAP. Lo mismo ocurre con las intoxicaciones, que en la mayoría de los casos llegan a los centros de salud cuando el afectado/a ya está en condiciones muy crítica.
María Isabel Cárcamo
27 julio 2022