La
guerra del cloro y el cártel de la lavandina
Efice SA
bajó hasta un 60% los precios para grandes distribuidores, pero
la rebaja no beneficia al consumidor. Es solo una estrategia para liquidar
a la competencia.
Durante más
de 50 años, Efice SA fue la única industria elaboradora
de cloro y soda cáustica en Uruguay que abasteció en forma
exclusiva a OSE para la potabilización del agua destinada al
consumo de la población. También suministraba a las empresas
que distribuyen y venden los productos de higiene y limpieza derivados
de esa industria utilizados habitualmente en los hogares y en diversas
actividades.
La importancia
social de sus productos hizo que se la considere "industria estratégica"
para el país y que desde el estado le otorgaran incentivos y
apoyos en forma permanente. Sin embargo, el surgimiento de nuevas empresas
en este sector ha puesto en evidencia que Efice venía haciendo
un manejo abusivo de los precios y que, ahora, pretende mantener a cualquier
costo esa posición de privilegio.
A Efice le
apareció una fuerte competencia comercial y, en lugar de adaptarse
a la realidad y procurar un nuevo equilibrio, busca recuperar su exclusividad.
Esta lucha adopta distintas formas y estrategias tanto en los procedimientos
de compra de OSE como en el mercado de derivados del cloro y la soda
cáustica en donde Efice, en acuerdo con los mayores distribuidores,
aplica un férreo control.
Disputa
en compras de OSE
En 2017,
OSE adjudicó una licitación internacional para la compra
de 1.500 toneladas de cloro líquido a la empresa Habilis S.A
que, aun importando el producto desde Estados Unidos, ofreció
la tonelada del producto a 1.480 dólares. Era un 28% más
barato que el precio que Efice le estaba cobrando a OSE hasta ese momento
y puso en evidencia un manejo abusivo de la industria local.
Apelando
a su larga trayectoria como proveedor, Efice presentó un recurso
de nulidad contra esa adjudicación. Hubo pareceres contrarios
a esta demanda por el Directorio de OSE y la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
pero
una decisión final de la Presidencia de la República la
aceptó por el incumplimiento de algunas cláusulas del
pliego de la licitación.
Los diez
meses transcurridos entre la decisión de OSE adjudicando la licitación,
el 8 de febrero de 2017, y la anulación del proceso, el 30 de
noviembre, dieron fundamento a Habilis para iniciar una demanda contra
el estado por daños y perjuicios, alegando que ya había
comenzado la importación de cloro y realizado otras inversiones
con el fin de cumplir las entregas del producto requeridas en el contrato.
Para paliar
la anulación de la licitación, OSE realizó en los
meses siguientes una serie de llamados para adquirir cloro por Compra
Directa, un procedimiento más expeditivo que la licitación,
justificado por la necesidad urgente del producto. Fue entonces que
Habilis y Efice se presentaron a estos llamados y se entabló
una verdadera batalla por el menor precio, pero siguieron gravitando
también factores administrativos.
La primera
de esas compras, en diciembre de 2017, la ganó Habilis con el
precio de 1.700 USD la tonelada de cloro, contra los 2.050 USD que propuso
Efice. La compra en enero de 2018 volvió a ganarla Habilis con
la oferta de 1.650 USD. Las compras siguientes, en febrero y marzo,
las ganó Efice tomando el precio de 1.650 USD, pero la compra
de abril volvió a ganarla Habilis rebajando su oferta a 1.450
USD.
En mayo se
registraron dos cambios sustanciales en este proceso. Por un lado, Efice
bajó drásticamente el precio a 1.260 USD, primero, y a
897 USD, después, venciendo las propuestas de Habilis. Al mismo
tiempo, más allá de la disputa por el menor precio, OSE
invalidó la oferta de Habilis en el entendido que presentaba
"apartamientos sustanciales respecto a las condiciones que
rigen el Pliego Particular".
Por una y
otra vía, Habilis quedó afuera de la contienda. "Que
Efice haya bajado un 60% del precio inicial lo interpretamos como un
mensaje diciendo 'no sigan porque vamos a seguir bajando'"
explicó a Sudestada el Director Comercial de
Habilis, Sebastián Murillo. "Claro, no vamos a vender
al costo. Nadie se mete en un negocio de uno o dos millones de dólares
para no ganar nada", agregó.
Murillo aseguró
que en OSE han reconocido algunos errores en los llamados, pero la situación
no ha mejorado. "En cada nueva licitación agregan una
condición que uno no cumple, pero no lo damos por cerrado. Hoy
en día estamos procurando comercializar cloro en otros países
de la región también, es parte de nuestra estrategia.
Así que descartarlo por completo, para nada", afirmó
el directivo de Habilis.
Se trata
de dos empresas diferentes, una industria nacional y una importadora
que trae el cloro del exterior. Razones de soberanía y seguridad
en el abastecimiento de un producto estratégico justifican las
exigencias del estado, pero éstas deben ser establecidas de antemano.
Si se alteran continuamente, no evidencian que sea una política
y exponen al estado a juicios debido al cambio de las reglas.
Habilis apareció
al percibir la posibilidad de competir con los precios del cloro que
cobraba Efice y esto puso en evidencia una situación que, hasta
entonces, pasaba desapercibida. Los precios cobrados por Efice a OSE
no se correspondían con las declaraciones de sus directivos cuando
aseguraron que estaban en el mismo nivel de lo que pagaría Uruguay
si tuviera que importar esos productos.
El
cártel de la lavandina
En el mercado
nacional de artículos de higiene y limpieza derivados del cloro
y la soda cáustica surgió, casi simultáneamente,
una situación similar a la aparición de Habilis en las
compras del Estado. Pero no es igual, porque se trata de la instalación
de una planta industrial en suelo uruguayo, con capacidad de elaborar
los mismos productos básicos de Efice y con una tecnología
cualitativamente superior.
Mientras
la planta de Alliance utiliza electrolizadores de membrana, que realizan
la separación del cloro y la soda cáustica sin componentes
ni residuos tóxicos, Efice continúa usando celdas con
cátodos de mercurio, una tecnología que por sus riesgos
de contaminación y los graves accidentes registrados ha sido
declarada terminal a nivel internacional, con fecha máxima en
1925 para ser desactivada.
El hecho
es que la electrolisis de membrana permite también producir con
menores costos y la aparición de Alliance puso en cuestión
no solo un problema tecnológico ambiental sino también
el dominio comercial de Efice en el mercado interno. En otro contexto,
la reacción de Efice no ha sido diferente a la de las licitaciones
de OSE y desencadenó una lucha de vida o muerte con la competencia.
En este caso,
Efice define los precios del mercado por medio de un "pool"
o grupo de grandes distribuidores, constituido por Electroquímica,
Clorox Uruguay e Inur, una suerte de "cártel de
la lavandina" por ejecutar prácticas comerciales
concertadas y abusivas propias de esa categoría con el objetivo
de reducir o eliminar la competencia, en perjuicio de los consumidores
(Ver definición en Wikipedia).
Para impedir
la entrada de Alliance, Efice se ha visto obligada a reducir drásticamente
los precios a los grandes distribuidores al igual como lo hace con las
licitaciones de OSE. Pero estas reducciones no se reflejan en los precios
de venta al consumidor final de lavandina (Agua Jane, etc.) y otros
productos similares, porque el objetivo no es un nuevo equilibrio de
los precios, sino eliminar al adversario.
Reducir los
precios a los grandes distribuidores y no modificar en correspondencia
los precios al consumo minorista es una manera de asegurar la fidelidad
de los miembros del cártel. En efecto, mientras dure la batalla
comercial con Alliance, las ganancias de esos grandes distribuidores
se verán acrecentadas y, si el desenlace es favorable a Efice,
el cártel mantendrá los antiguos precios sin sobresaltos.
Para que
esta estrategia logre su objetivo es necesario que los grandes distribuidores
no compitan entre sí, pues podrían bajar los precios al
ser menores sus costos, y que mantengan inalterado el reparto de sus
clientes en el mercado. Esto requiere que no solo Efice imponga sus
condiciones, sino que los integrantes del "pool" las acepten,
configurando la concertación entre empresas que define el cártel.
Esta estrategia
se completa con la debida presión sobre el comercio minorista
para que no abandone a sus distribuidores tradicionales, so pena de
perder la posibilidad de trabajar con esos productos en el futuro, ya
que se asegura insistentemente que la competencia no podrá sostenerse
y desparecerá del mercado.
En Uruguay,
la Ley N° 18.159 de Promoción y Defensa de la Competencia
establece en su artículo 1° que "es de orden público
y tiene por objeto fomentar el bienestar de los actuales y futuros consumidores
y usuarios, a través de la promoción y defensa de la competencia,
el estímulo a la eficiencia económica y la libertad e
igualdad de condiciones de acceso de empresas y productos a los mercados".
Esta ley
se rige por los principios de la libre competencia, contrarios a las
prácticas comerciales abusivas y en su artículo 2 postula
que "se prohíbe el abuso de posición dominante,
así como todas las prácticas, conductas o recomendaciones,
individuales o concertadas, que tengan por efecto u objeto, restringir,
limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia actual
o futura en el mercado relevante."
Si Habilis
y Alliance desistieran de competir, Efice volverá a sus antiguos
precios. La Ley N° 18.159 creó la Comisión de Promoción
y Defensa de la Competencia con el fin de investigar y sancionar las
prácticas prohibidas. ¿Actuará esa comisión?
------------------------------------------------------
(1) "En
economía se denomina cartel o cártel a un acuerdo formal
entre empresas del mismo sector, cuyo fin es reducir o eliminar la competencia
en un determinado mercado. Los cárteles suelen estar encaminados
a desarrollar un control sobre la producción y la distribución
de tal manera que mediante la colusión de las empresas que lo
forman, estas formen una estructura de mercado monopolística,
obteniendo un poder sobre el mercado en el cual obtienen los mayores
beneficios posibles en perjuicio de los consumidores."
https://es.wikipedia.org/wiki/Cartel_(econom%C3%ADa)
Víctor
L. Bacchetta
26 julio
2018