La
ley de semillas y la ley de patentes de la India: sembrando las semillas
de la dictadura
por Vandana Shiva
Desde los comienzos
de la agricultura, los agricultores han sembrado semillas, cosechado
cultivos, guardado parte de la cosecha como semillas, intercambiado
semillas con vecinos. Cada ritual en la India implica semillas, el
símbolo mismo de la renovación de la vida. En el 2004
se han propuesto dos leyes - una Ley de Semillas y una Ordenanza de
Patentes- que podrían destruir para siempre la biodiversidad
de nuestras semillas y cultivos, y robar a los agricultores todas
las libertades, estableciendo una dictadura de las semillas .
El 80% de las semillas
de la India aún son guardadas por los agricultores. Las variedades
de los agricultores indígenas son la base de nuestra seguridad
alimentaria y ecológica. Los agricultores de la costa han desarrollado
variedades resistentes a la sal. Los de Bihar y Bengala han desarrollado
variedades resistentes a las inundaciones, los de Rajasthan y el Deccan
semiárido, a la sequía, los agricultores del Himalaya,
variedades resistentes a las heladas.
Legumbres, mijos,
semillas oleaginosas, arroces, trigos y verduras proveen las bases
diversas de nuestra salud y seguridad nutricional. Este es el sector
al que apunta la Ley de Semillas. Estas semillas son variedades de
agricultores indígenas de diversos cultivos -miles de arroces,
cientos de trigos, semillas oleaginosas tales como lino, sésamo,
maní, coco, legumbres incluyendo gahat, narrangi, rajma, urad,
moong, masur, tur, verduras y frutas. La Ley de Semillas está
diseñada para “encerrar” la economía autónoma
de las variedades de semillas de los agricultores. Una vez que se
destruye el abastecimiento de semillas de los agricultores, mediante
registros obligatorios que convierten en ilegal la siembra de variedades
no autorizadas, los agricultores son empujados a caer en la dependencia
del monopolio corporativo de las semillas patentadas. La Ley de Semilla
es, en consecuencia, la subsidiaria de las Enmiendas a la Ley de Patentes,
las que han introducido las patentes sobre las semillas.
Las nuevas leyes
sobre DPI (Derechos de Propiedad Intelectual) están creando
monopolios sobre las semillas y los recursos genéticos vegetales.
Se están redefiniendo libertades básicas de los agricultores,
como lo son el intercambio y la conservación de semillas. Existen
muchos ejemplos de cómo las Leyes de Semillas de varios países
y la introducción de los DPIs impiden a los agricultores involucrarse
en la producción de su propia semilla.
Josef Albrecht,
un agricultor orgánico de Alemania, no estaba satisfecho con
la semilla disponible comercialmente. Procesó y desarrolló
sus propias variedades ecológicas de trigo. Diez agricultores
orgánicos de los alrededores recibieron sus semillas de trigo.
Albrecht fue multado por su gobierno porque intercambió semilla
no certificada. Se opuso a la sanción y a la Ley de Semilla
porque se siente restringido por ésta en el libre ejercicio
de su oficio como agricultor orgánico.
En Escocia, existe
una gran cantidad de agricultores que cultiva semilla de papa y la
vende a otros agricultores. Ellos podían, hasta comienzos de
los 90s, vender libremente el material reproductivo a otros productores
de semilla de papa, a comerciantes o agricultores. En los 90s, los
propietarios de derechos de fitomejoradores comenzaron a publicar
avisos para los productores de papa, a través de la Sociedad
Británica de Fitomejoradores, respecto de que las ventas de
semillas de papa hechas entre agricultores eran ilegales.
Los productores
de semilla de papa tuvieron que cultivar variedades bajo contrato
para la industria semillera, la cual especificó el precio al
que la compañía contratante compraría el cultivo
y prohibió a los productores venderle cultivos a cualquiera.
En seguida, las compañías comenzaron a reducir la superficie
y los precios.
En 1994, las semillas
de papa compradas a los agricultores escoceses por 140 libras fueron
vendidas por más del doble de ese precio a los agricultores
ingleses, mientras que los dos grupos de agricultores estaban impedidos
para negociar directamente entre ellos. Los productores de semilla
de papa firmaron una petición quejándose por el completo
dominio de unas pocas compañías actuando como un “cartel”.
También comenzaron a vender semillas no certificadas directamente
a los agricultores ingleses.
La industria semillera afirmó que estaba perdiendo 4 millones
de libras en venta de semillas debido a la venta directa entre agricultores
de semilla de papa no certificada. En febrero de 1995, la Sociedad
Británica de Fitomejoradores decidió proceder con un
caso judicial muy publicitado contra un agricultor de Aberdeenshire.
El agricultor fue forzado a pagar a la industria semillera 30.000
libras como compensación por regalías perdidas a causa
del intercambio directo agricultor-a-agricultor. Leyes actuales del
Reino Unido y la Unión Europea impiden de esta manera el intercambio
entre agricultores tanto de semillas no certificadas como de variedades
protegidas.
En Estados Unidos,
el intercambio entre agricultores también se ha tornado ilegal.
Dennis y Becky Winterboer eran agricultores propietarios de un predio
de 500 acres en Iowa. Desde 1987, los Winterboer han obtenido una
considerable porción de sus ingresos a partir de la venta a
otros agricultores de “bolsas marrones” de sus cultivos
para ser usados como semillas. La venta de una “bolsa marrón”
ocurre cuando un agricultor planta semillas en su propio campo y vende
luego la cosecha como semilla a otros agricultores.
Asgrow (una compañía comercial que tiene protección
de variedad vegetal para sus semillas de soja) inició un juicio
contra los Winterboers basándose en que sus derechos de propiedad
estaban siendo violados. Los Winterboers argumentaron que ellos han
actuado conforme a las leyes ya que de acuerdo a la Ley de Variedad
Vegetal los agricultores tienen el derecho a vender semilla, a condición
de que el comprador y el vendedor sean agricultores. Posteriormente,
en 1994, la Ley de Variedad Vegetal fue enmendada, y los privilegios
del agricultor para guardar e intercambiar semillas fueron reformados,
estableciendo el monopolio absoluto de la industria semillero convirtiendo
ilegales la venta e intercambio entre agricultores.
Leyes similares
se están introduciendo en la India. El país entero está
siendo engañado con la introducción de la Ley de Semilla
2004, fundamentando la necesidad de la Ley para garantizar la calidad
de las semillas. Sin embargo, la Ley de Semilla de 1966 ya desempeña
la función de prueba y certificación de semillas. Veinte
laboratorios en diferentes Estados han sido declarados laboratorios
para análisis de semillas mediante la Ley de 1966. Nueve empresas
semilleras han sido identificadas como agencias de certificación.
Bajo la presión
del Banco Mundial, la Política de Semillas de 1988 puso en
marcha el desmantelamiento de nuestro potente sistema público
de suministro de semillas, el cual se responsabilizaba por el 20%
de las semillas que los agricultores cultivaban. El 80% de las semillas
restante, antes de la globalización, eran variedades propias
de los agricultores, que eran guardadas, intercambiadas y reproducidas
libremente, y garantizaban nuestra seguridad alimentaria.
La licencia para patentar semillas
La introducción
del la Ley de Semillas 2004 necesita ser evaluada en el contexto de
la introducción simultánea de la 3ra. Ley de Patentes
(Enmienda). Nuestra Ley de Patentes de 1970 fue cambiada bajo la presión
coercitiva de la OMC (Organización Mundial de Comercio) a despecho
de la obligatoria y demorada revisión de TRIPs. Las patentes,
actualmente, serán concedidas por semillas, plantas, micro-organismos,
células e incluso OGMs y animales.
Es evidente que
un régimen de patentes monopólico no puede establecerse
mientras los agricultores tienen como alternativa sus propias valiosísimas
semillas -sin costo, confiables y testeadas - de variedades tradicionales
de agro biodiversidad nativa. La Ley de Semillas 2004 tiene el único
objetivo de impedir a los agricultores que puedan guardar las semillas,
intercambiarlas y reproducirlas.
La Ley 2004 declara
claramente en su objetivo que apunta a reemplazar las semillas guardadas
por los agricultores por semillas de la industria semillera privada.
La repetida referencia a “trocar” en el la Ley de Semillas
impediráel intercambio entre agricultores, una actividad necesaria
para mantener el abastecimiento de semillas de alta calidad en el
ámbito de la comunidad.
Por otro lado, el
registro obligatorio de semillas combinada con el poder de los inspectores
de semillas para ingresar en y registrar locales (cobertizos, barracas
y campos de los agricultores), el poder para abrir cualquier recipiente
y cualquier puerta es equivalente a crear una “Policía
de Semillas” para aterrorizar a los agricultores que están
conservando la biodiversidad y practicando una agricultura soberana
y autónoma. La multa por el intercambio de semillas y el canje
de semillas no registradas (miles de variedades de agricultores tienen
una multa de hasta Rs.25000).
La Ley de Semillas,
mientras criminaliza a los agricultores que consumen variedades tradicionales
y biodiversidad, fracasa en hacer algo que debería hacer: regular
y responsabilizar a la industria semillera privada por las semillas
falladas y la contaminación genética a partir de los
OGMs. Por ejemplo, el fracaso de las semillas de maíz en Bihar
el año pasado costó más de 1000 crores a los
agricultores y las fallas constantes del algodón Bt están
costando anualmente más de un billón de dólares
a los agricultores de la India.
Según la
nueva Ley de Semillas, los agricultores pueden reclamar compensación
solo bajo la Ley de Protección al Consumidor. Esta opción
está disponible de todas formas en la actualidad y el brutal
poder de la Autoridad Central, la que actúa para impedir que
los agricultores cultiven semillas propias, no provee ninguna seguridad
ni remedio para nuestros agricultores contra las semillas riesgosas
y no probadas que las MNCs están vendiendo en el mercado de
la India.
La Ley de Semillas
también ha socavado el rol de los gobiernos estatales. La Ley
de 1966 establecía para el Comité Central de Semillas
representantes nominados por los gobiernos de cada Estado. Esta vez,
sólo cinco Estados estarán representados en el Comité
Central de Semillas y, más aún, los representantes no
serán nominados por los gobiernos de los Estados sino por el
Centro.
La Ley de Semillas
2004 no tiene nada positivo para ofrecer a los agricultores de la
India. Pero ofrece la promesa del monopolio a la industria semillera
privada, la cual ha empujado ya a miles de nuestros agricultores al
suicidio a través de la dependencia y las deudas causadas por
las semillas altamente dependientes, no renovables y poco fiables.La
Ley de 1966 ha servido adecuadamente al país y debería
continuar proveyendo el marco para la experimentación y la
certificación de semillas.
Las variedades de
los agricultores y la agrobiodiversidad indígena ya están
siendo registradas por el Comité de Biodiversidad Local a través
de los Registros de Biodiversidad Comunitaria (RBCs). No necesitamos
una Autoridad Central de Semillas con poder de policía que
utilice el registro obligatorio para impedir a los agricultores el
cultivo, la conservación y el intercambio de sus propias semillas.
Es la industria semillera de las MNC la que necesita regulación
y no los pequeños agricultores de nuestro país, sin
cuya libertad de semillas el país no tendrá soberanía
ni seguridad alimentaria.
Patentes sobre semillas
Los métodos
de agricultura y las plantas fueron excluidos por la Ley de Patentes
de 1970 de la India de la posibilidad de ser patentados a los fines
de asegurar que las semillas, el primer eslabón de la cadena
alimentaria, fueran mantenidas como un recurso de propiedad común
de dominio público. De esta manera, se garantizó a los
agricultores el derecho inalienable a guardar, intercambiar y mejorar
las semillas sin que fuera violada dicha Ley.
Pero recientemente,
se han hecho dos enmiendas a la Ley de Patentes de 1970. La 2da. Enmienda
realiza cambios en la definición de qué cosa NO es una
invención. Esto ha abierto las compuertas para el patentamiento
de semillas diseñadas genéticamente.
De acuerdo a la Sección 3 (j) de la Ley de Patentes de la India,
no es una invención lo siguiente:
“Cualquier
proceso para el tratamiento médico, quirúrgico, creativo,
profiláctico u otro de seres humanos ó cualquier proceso
para un tratamiento similar de animales ó plantas ó
ponerlos libre de enfermedades ó incrementar su valor económico
ó aquel de sus productos.”
En la 2da. Enmienda,
sin embargo, la mención de “plantas” ha sido borrada
de esta sección. Esta supresión implica que un método
o proceso de modificación de una planta puede ahora ser considerado
como una invención y puede por consiguiente ser patentado.
De ese modo, el método de producción mediante la introducción
de genes de una bacteria thurigienses en el algodón para producir
toxinas para matar a los gusanos puede en la actualidad ser comprendido
por los derechos exclusivos asociados con patentes. En otras palabras,
Monsanto ahora puede tener patentes de algodón Bt en la India.
La Segunda Enmienda
tiene agregada también una nueva sección (3j). Esta
sección permite considerar como unainvención la producción
o propagación de plantas diseñadas genéticamente.
Su status de invención así lo supone. Pero esta sección
excluye como invenciones “las plantas y animales, incluyendo
semillas, variedades y especies y procesos esencialmente biológicos
para la producción o propagación de plantas y animales.”
Dado que las plantas producidas a través del uso de nuevas
tecnologías no son técnicamente consideradas “esencialmente
biológicas”, la sección 3j ha encontrado otro
camino para darle cabida a Monsanto. Este atajo, formulado bajo pretexto
del progreso científico, permite de este modo patentes sobre
OGMs y abre por consiguiente las compuertas para el patentamiento
de plantas transgénicas.
Lo que es más preocupante es cómo el lenguaje de la
sección 3j es una traslación literal del Artículo
27.3 (b) del Acuerdo TRIPs al interior de la Ley de la India. El Art.
27.3 (b) de TRIP afirma:
“Las partes
pueden excluir de la patentabilidad plantas y animales aparte de microorganismos,
y procesos esencialmente biológicos para la producción
de plantas y animales aparte de procesos microbiológicos y
no-biológicos. Sin embargo, las partes deberán facilitar
la protección de variedades de plantas a través de patentes
o un sistema sui generis efectivo o cualquier combinación de
eso. Esta cláusula será revisada cuatro años
después de la entrada en vigencia del Acuerdo establecido por
la OMC”.
Como Monsanto tuvo algo que ver con el borrador del Acuerdo TRIPs,
no es sorprendente que las Enmiendas Monsanto le hayan abierto el
paso también dentro de las leyes indias de patentes.
No obstante, el
Art. 27.3 (b) está bajo revisión. El gobierno debería
haber puesto empeño en la conclusión de la revisión,
un compromiso de la Ronda de Doha, en lugar de modificar la Ley de
Patentes de la India. Como resultado de la sostenida presión
pública, después de la entrada en vigencia del Acuerdo
en 1995, muchos países del Tercer Mundo hicieron recomendaciones
para cambiar el Art. 27.3 (b) de manera de evitar la piratería.
India, en su documento de discusión propuesto al Concejo de
TRIPs asevera:
“El patentamiento de formas de vida puede tener por lo menos
dos dimensiones. En primer lugar, existe una cuestión ética
acerca del alcance de la propiedad privada que podría ser extendido
a formas de vida. La segunda dimensión se refiere al uso del
concepto de DPI como es entendido en el mundo industrializado y su
adecuación para encarar la amplia dimensión de derechos
sobre el conocimiento, su posesión, uso, transferencia y diseminación.”
“Los sistemas
informales, p.ej. los shrutis en la tradición hindú
y las pociones de las abuelas en todo el mundo, alcanzan escaso reconocimiento.
Crear sistemas que fracasan para dirigir estos asuntos puede tener
consecuencias adversas severas para el género humano, hay quienes
incluso dicen puede llevarnos a la extinción”.
“Evidentemente,
debemos reexaminar la demanda de conceder patentes sobre formas de
vida en cualquier lugar del mundo. A la vez que continuamos evaluando
esta situación, puede ser aconsejable:
“1. Excluir
las patentes sobre todas las formas de vida.
“2. Si (1) no es posible, entonces debemos excluir las patentes
basadas en conocimientos tradicionales/indígenas y productos
y procesos esencialmente derivados de tal conocimiento.
“3. Cuando menos, debemos insistir en el país de origen
para revelar la fuente biológica y el conocimiento asociado,
y obtener el consentimiento del país proveedor del recurso
y conocimiento, para asegurar un reparto equitativo de los beneficios.”
Para evitar competidores
en la venta de semillas y evitar que los agricultores guarden las
semillas, Monsanto ha apelado ahora a las leyes de patentes para obtener
derechos monopólicos. Las enmiendas Monsanto de las leyes de
patentes en India son una consecuencia lógica de la liberación
de las plantaciones comerciales de OGMs en la agricultura hindú,
como vimos anteriormente con la decisión del gobierno de la
India del 26 de marzo que autoriza el algodón Bt.
Las patentes sobre
semillas son una faceta necesaria del despliegue corporativo de los
cultivos y semillas GM. Cuando se combina con los riesgos ecológicos
de las semillas genéticamente diseñadas como el algodón
Bt, las patentes de semillas crean un contexto de control total sobre
el sector semillero, y por consiguiente sobre nuestra alimentación
y seguridad agrícola.
Analizando con detenimiento,
son tres las vías en que la 2da. y 3ra. Enmienda de las leyes
de patentes de la India han puesto en peligro nuestras semillas y
seguridad alimentaria, y por consiguiente nuestra seguridad nacional.
En primer lugar,
autoriza patentes sobre semillas y plantas a través de las
secciones 3 (i) y 3 (j), como vimos antes. Las patentes son monopolios
y derechos exclusivos que impiden que los agricultores guarden sus
semillas y las compañías de semillas las produzcan.
Las patentes sobre semillas transforman la conservación de
semillas en un “crimen contra la propiedad intelectual”.
En segundo lugar,
la contaminación genética es inevitable. Monsanto usará
las patentes y la contaminación para reclamar la propiedad
de los cultivos en los campos de los agricultores donde el gen Bt
ha llegado a través del viento o los polinizadores. Esto ha
sido establecido como precedente en el caso del agricultor canadiense,
Percy Schmeiser, cuyo campo de canola fue contaminado por la “canola
Roundup Ready” de Monsanto, pero en lugar de Monsanto pagar
a Percy sobre la base del principio de contaminación, Monsanto
demandó $200.000 de multa por “robo” de la “propiedad
intelectual” de Monsanto.
Miles de agricultores
estadounidenses han sido también demandados. ¿Serán
los agricultores hindúes acusados por robo cuando el algodón
GM de Monsanto contamine sus cultivos? ¿O el gobierno despertará
e implementaráestrictos monitoreos y obligaciones legales?
Al combinarse con
la 3era. enmienda de productos patentados, estos cambios pueden significar
el monopolio absoluto. Una decisión en un pleito por una infracción
a una patente de planta ha sentado un nuevo precedente para la interpretación
del alcance de estas patentes. En el caso Imagio Nursery vs. Daina
Greenhouse, Judge Spence Williams, por la Corte Estadounidense del
Distrito Norte de California, dictaminó que una patente de
planta puede ser infringida por una planta que simplemente tenga características
similares a la planta patentada.
Al combinarse con
la revocación de las cláusulas de la obligación
de presentar pruebas, este tipo de precedentes basados en productos
patentados pueden ser desastrosos para los países de donde
se tomó originalmente la diversidad que dio lugar a aquellas
propiedades, más aún si los donantes originales de la
biodiversidad son acusados de piratería a través de
tales precedentes legales en ausencia de leyes previamente existentes
sobre el conocimiento tradicional que impidan el mal uso de tal jurisprudencia.
En países, donde las patentes sobre plantas no están
autorizadas, el patentamiento de genes está disponible como
un primer paso para el patentamiento de propiedades y características
de la planta, y por consiguiente tener derechos exclusivos sobre aquellas
propiedades y características. Así es como Monsanto
tuvo la posibilidad de establecer monopolios sobre semillas a través
de patentes sobre genes en Canadá, aun cuando Canadá
no autoriza patentes sobre formas de vida.
La protección
de la patente implica la exclusión del derecho de los agricultores
sobre los recursos que tengan estos genes y características.
Esto socavará los cimientos mismos de la agricultura. Por ejemplo,
en Estados Unidos se ha concedido una patente a la compañía
biotecnológica Sungene, por una variedad de girasol con muy
alto contenido de ácido oléico. La patente fue por la
característica (alto contenido de ácido oléico)
y no sólo por los genes que producen la característica.
Sungene ha notificado a otros implicados en la producción de
girasoles que el desarrollo de cualquier variedad con alto contenido
de ácido oléico será considerado una violación
de su patente.
Derechos corporativos vs. Derechos de los agricultores
El Estado está
bajo asedio. La nueva legislación sobre Derechos de Propiedad
Intelectual (DPI) está siendo introducida en el área
de los Recursos Genéticos Vegetales (PGR por su sigla en inglés)
bajo presión del gobierno de los Estados Unidos, y, en comparación
con los requerimientos del acuerdo TRIPs de la OMC, mientras que la
OMC otorga un período de transición de cinco años
para introducir la legislación PGR, la presión de los
Estados Unidos fue para introducir tal legislación en forma
inmediata. Además, Estados Unidos ha estado exigiendo protección
monopólica para las Corporaciones Transnacionales (TNCs por
su sigla en inglés) que controlan la industria semillera.
Por otra parte las organizaciones civiles están luchando para
proteger los derechos de los agricultores a la supervivencia y a su
biodiversidad, así como la libertad de los científicos
para trabajar por la eliminación del hambre antes que para
beneficios económicos corporativos.
Las organizaciones
de agricultores, asociaciones de conservación de la biodiversidad,
redes de agricultura sustentable y científicos orientados hacia
los intereses públicos están intentando garantizar que
los derechos de los agricultores sean protegidos, y a través
de la protección de los mismos sea asegurado el control soberano
sobre nuestra riqueza biológica y su uso sustentable en la
producción agrícola. El conflicto sobre la legislación
de los PGR es un conflicto entre los agricultores y la industria semillera
y entre el dominio público y los beneficios privados, entre
una agricultura que produce y reproduce diversidad y una que consume
diversidad y produce uniformidad.
El 29 de enero de
1996 en una alocución en el Instituto Hindú de Investigación
Agrícola, el Secretario de Agricultura de Estados Unidos, el
Sr. Daniel Glickman directamente habló del tema de la protección
de las semillas de las multinacionales. Dijo, "Espero que nuestra
nueva legislación proveerá una confiable y razonable
protección para las compañías de semillas privadas,
la cual las estimulará a proveer las mejores semillas disponibles
para sus agricultores. Habría muy pocas invenciones de cualquier
cosa, particularmente en agricultura, sin la protección de
patentes porque es un hecho esencial de la naturaleza humana que la
gente no pagará el costo del desarrollo de nuevas ideas sólo
para el beneficio altruista de la humanidad".
La ortodoxia de
los DPI estadounidenses se basa en una idea falaz que sostiene que
la gente no innova o genera conocimientos a menos que de ellos puedan
derivar ganancias privadas. Sin embargo, el afán de lucro no
es una "hecho esencial de la naturaleza humana" sino una
tendencia dominante en sociedades que la recompensan. En el área
de semillas y recursos genéticos vegetales, la innovación
tanto en sistemas "formales" como en "informales"
ha sido guiada hasta ahora por el más amplio bien común.
Norman Borlaug,
el científico de la Revolución Verde y galardonado con
el Premio Nobel de la Paz, clarificó esto en su declaración
en una Conferencia de Prensa en el Insituto Hindú de Investigación
Agrícola, Nueva Delhi, el 8 de febrero de 1996. Expresó
preocupación contra las compañías privadas y
TNCs que están logrando el control de las semillas y los recursos
genéticos vegetales y patentando las plantas. El Prof. Borlaug
dijo:
"Nosotros luchamos en contra del patentamiento. Yo y más
tarde Glen Anderson (del Instituto Internacional de Investigación
de Maíz y Trigo) nos manifestamos públicamente contra
el patentamiento, en India igual que en otros foros, y siempre propusimos
el libre intercambio de germoplasma."
Borlaug vio los
DPI en PGR como una prescripción para el hambre. Hablando sobre
las demandas estadounidenses de patentes dijo: "Dios nos ayude
si esto fuese a ocurrir, nos moriríamos de inanición"
Además de
usar un falaz argumento esencialista acerca de la naturaleza humana,
el señor Glickman también enfatizó la inevitabilidad
de la dependencia de los agricultores de las multinacionales para
obtener semillas, debido a la liberalización comercial y su
impacto en la agricultura.
Según él,
"Como los ingresos aumentan en todas partes de la sociedad india,
¿cambiarán las necesidades alimentarias? mayor consumo
de aceite vegetal, un cambio del arroz al trigo en las áreas
urbanas y algunos cambios de grano a productos avícolas y de
ganadería. También, las necesidades de las industrias
procesadoras de nuevos alimentos sustituirá el tipo de cultivos
demandados. En consecuencia, los agricultores deben tener acceso a
nuevas variedades de cultivos con el propósito de satisfacer
las cambiantes preferencias del consumidor."
En otras palabras,
lo que el gobierno de Estados Unidos está obligando a hacer
al gobierno indio es introducir dietas poco saludables, ricas en grasas
y carnes a través de la expansión del agronegocio, la
industria agroprocesadora y de comida rápida estadounidenses.
La propuesta es reemplazar la economía agrícola de la
India basada en los pequeños campesinos y agricultores por
la agricultura industrial controlada por el agronegocio.
Este cambio está
asociado con una transformación de los agricultores como cultivadores
y reproductores de su propia fuente de semillas hacia los agricultores
como consumidores de semillas de propiedad de la industria semillera.
Es además el pasaje de una economía alimentaria basada
en millones de agricultores que producen autónomamente a un
sistema alimentario controlado por un puñado de TNCs que controlan
tanto los insumos como los productos. Esto es una receta para la inseguridad
alimentaria, la erosión de la biodiversidad y la expulsión
de los agricultores de la tierra.
A menudo se afirma
que los DPIs no frenarán el uso de semillas nativas por parte
de los agricultores tradicionales. No obstante, la Ley de Semillas
2004 está diseñada para hacer justamente eso. Más
aún cuando está reconocido que los DPIs son una parte
fundamental de un paquete agrícola controlado por el agronegocio
en el cual ningún agricultor cultiva semillas nativas sino
semillas suministradas por las TNC de la industria semillera, los
DPIs llegan a ser un medio de monopolio que anula los derechos de
los agricultores a guardar e intercambiar semillas.
Esto induce al totalitarismo
de las TNC en agricultura. Las TNCs decidirán lo que cultivarán
los agricultores, qué usarán como insumos y cuándo,
a quiénes y a qué precio venderán su producto.
Decidirán también qué comerán los consumidores,
a qué precio, con qué contenido y cuánta información
estará disponible para ellos acerca de la naturaleza de las
commodities alimentarias.
Los DPIs son un
instrumento significativo para el establecimiento de este totalitarismo
de las TNC. La protección de los derechos de los ciudadanos
como productores y consumidores necesita la elaboración de
nuevos conceptos y categorías, nuevos instrumentos y mecanismos
para contrarrestar y limitar el poder monopólico de las TNCs
en la agricultura. Los derechos comunitarios son un concepto equilibrador
importante para proteger el interés público en el contexto
de la protección de los DPIs para las corporaciones.
En el campo de la
alimentación y la agricultura, los derechos de los agricultores
son la dinámica de compensación de los derechos de los
fitomejoradores y las patentes sobre semillas y material vegetal.
Los derechos de los agricultores en el contexto del control monopólico
del sistema alimentario adquieren relevancia no sólo para las
comunidades de agricultores, sino también para los consumidores.
Ellos son necesarios para la supervivencia de la gente y también
para la supervivencia del país. Sin los derechos soberanos
de las comunidades de agricultores sobre sus semillas y recursos genéticos
vegetales, no puede haber soberanía alguna de la nación.
Los derechos de
los agricultores son un imperativo ecológico, económico,
cultural y político. Sin derechos comunitarios, las comunidades
agrícolas no pueden proteger la biodiversidad agrícola.
Esta biodiversidad es necesaria no sólo para la seguridad ecológica
de la agricultura. Los derechos a la biodiversidad agrícola
son también un imperativo económico porque sin ellos
nuestros agricultores y nuestro país perderán su libertad
y las opciones para la supervivencia.
Dado que la biodiversidad
y la diversidad cultural están íntimamente ligadas,
la conservación de la biodiversidad agrícola es también
un imperativo cultural. En definitiva, sin los derechos de los agricultores,
no existe ningún mecanismo político para limitar los
monopolios en la agricultura y las inevitables consecuencias de desplazamiento,
hambre e inanición que seguirán al control total sobre
la producción y el consumo de alimentos a través de
la propiedad monopólica sobre las semillas, el primer eslabón
de la cadena alimentaria.
Traducción: INGRID KOSSMANN (Marzo 2005)
26-8- 05
Fuente: http://www.biodiversidadla.org/content/view/full/18323