Pandemia,
transgénicos y doctrina del shock
Desde que
el Ecuador fue declarado libre de transgénicos, varios han sido
los intentos para cambiar esta situación y permitir los cultivos
genéticamente modificados en el país.
Hoy, en plena
pandemia, se cierne una nueva amenaza; esta vez a través del
IICA , que podría ser parte de un engranaje para ampliar la frontera
transgénica en la región.
Durante el
confinamiento por el COVID-19 ha entrado en operación lo que
Naomi Klein llamó "doctrina del shock", para describir
el aprovechamiento de situaciones catastróficas que hacen los
gobiernos y las empresas, para adoptar medidas que no podrían
tomar en condiciones normales, con el fin de ampliar las ganancias corporativas.
Esto es lo que ha sucedido en América Latina en relación
con los transgénicos.
Aunque ha
durado apenas pocos meses, varios gobiernos de la región, en
complicidad con las empresas y de manera muy eficiente, han usado esta
coyuntura para ampliar la frontera de los transgénicos a través
de la modificación de normas, o la creación de nuevas.
Uno de los
argumentos usados es que el COVID-19 ha afectado fuertemente al sistema
agroalimentario mundial, a pesar de las crecientes existencias de cereales
(FAO, 2020). Se ha estimado que el número de personas con deficiencias
alimentarias pasará de 135 millones a 265 millones a fines de
2020.
Aprovechando
estas circunstancias, la industria propone la desregulación de
las semillas transgénicas en países donde les ha resultado
difícil posicionarse. Consideran que en condiciones de confinamiento
será más difícil planificar una oposición
coordinada, además, puede haber una mayor apertura de la sociedad
para aceptarlos, debido a la sensibilidad que generaría una crisis
alimentaria, a lo que se suma que la atención de la población
está centrada sobre todo en la pandemia.
En este escenario,
el Gobierno de Bolivia autorizó al Comité Nacional de
Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación
de material genético transgénico de maíz, caña
de azúcar, algodón, trigo y nuevos tipos de soya transgénica
, destinados al abastecimiento del consumo interno y comercialización
externa. Esto fue justificado en el contexto de la emergencia sanitaria
del Covid-19, ante la necesidad de obtener alimentos en menos tiempo
y con rendimientos superiores.
Sin embargo,
esta medida no va a dotar de alimentos, pues se trata de cultivos destinados
a la agroindustria de exportación, y más bien pondrá
en riesgo la soberanía alimentaria y la salud del pueblo boliviano.
En Chile
sólo se habían permitido los cultivos transgénicos
para estudios de campo y la producción de semillas de exportación.
El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) está proponiendo
una nueva normativa que abra las puertas a nuevos usos de las semillas
transgénicas, como la producción de productos biotecnológicos
para el mercado interno.
Chile pasaría
de ser un productor de semillas transgénicas para la exportación
de contra-estación, a un productor de cultivos transgénicos,
con todos los impactos para la salud, el ambiente y la naturaleza del
país.
En 2011 se aprobó en Perú una ley de moratoria que prohíbe
por 10 años la liberación de semillas y animales de crianza
modificados genéticamente, y usar ese tiempo para elaborar las
líneas de base, contar con laboratorios acreditados para realizar
los controles de transgénicos y crear un sistema de bioseguridad
sobre OVM . Esta ley estaría vigente hasta diciembre de 2021.
El Instituto Nacional de Innovación Agraria, INIA, tenía
que elaborar un Reglamento Interno, para vigilar yprohibir las actividades
con transgénicos en el agro peruano, pero inexplicablemente después
de una demora de 18 años, el Proyecto RISBA tiene la intención
de facilitar la liberación de transgénicos. Esto se hizo,
aprovechando la situación actual de emergencia por la pandemia
del Covid-19 y con un cuestionable apresuramiento.
Este reglamento
atentaría contra leyes que protegen derechos de pueblos indígenas,
el patrimonio cultural inmaterial, y los conocimientos colectivos de
pueblos indígenas vinculados a recursos biológicos. Según
estas leyes se requeriría de consulta previa y la participación
de pueblos indígenas.
Cuba aprobó
hace unas semanas un paquete de normas que habilitan el ingreso de transgénicos
en la agricultura cubana . El objetivo es posibilitar "el uso ordenado
y controlado de OGM en los programas de desarrollo agrícola,
como una alternativa más para incrementar la productividad y
la entrega de alimentos a la población".
Cuba importa
más del 80 % de los alimentos que consumen sus habitantes, lo
que ha creado un escenario complejo con la crisis sanitaria del COVID-19.
Este cuerpo
legal menciona de manera específica a la caña, producto
destinado principalmente al mercado externo y no para la alimentación
de la población cubana.
En Ecuador,
el IICA en coordinación con el Ministerio del Ambiente y ONU
Medio Ambiente, convocó a una consultoría llamada "Regulaciones
sectoriales o normas técnicas armonizadas para la gestión
integral de organismos genéticamente modificados (OGM) en el
Ecuador".
Uno de los
objetivos de la consultoría es "Recopilar y analizar información
de experiencias nacionales e internacionales, principalmente en países
de la región, en normativa de Bioseguridad para productos derivados
de la biotecnología moderna y en especial en la de OGM, particularmente,
en países que regulan este tema, con la finalidad de identificar
aquellos aspectos claves para el desarrollo e implementación
de marcos regulatorios de Bioseguridad para OGM".
Esta consultoría
pretende armonizar nuestra legislación con la de otros países
que ya cuentan con normas en materia de OGM, y donde ya hay grandes
extensiones de este tipo de cultivos; y con impactos muy negativos a
la salud y al ambiente, como lo demuestran los múltiples estudios
realizados por científicos independientes en la región
. Esto es inadmisible, pues Ecuador es el único país de
la región con una prohibición constitucional a los transgénicos
.
En Guatemala
la sociedad está movilizada en contra del "Reglamento técnico
de bioseguridad de organismos vivos modificados para uso agropecuario"
, que entró en vigencia el 1 de octubre de 2019. Este reglamento
tiene como ámbito de aplicación la producción y
comercialización de semillas genéticamente modificadas
(transgénicas) dentro del país, lo cual vemos con especial
preocupación por las siguientes razones:
Varias organizaciones
presentaron un amparo contra este reglamento en la Corte de Constitucionalidad,
por considerarlo un atentado a los pueblos originarios. Actualmente
esperan el pronunciamiento de la Corte.
A pesar de
los argumentos usados por la industria, los transgénicos no solucionarán
el problema alimentario generado por el COVID-19, ya que no hay ningún
transgénico que se siembre masivamente y esté destinado
a la alimentación directa de la población. Además,
el desarrollo de un nuevo evento transgénico puede tomar muchos
años de trabajo e investigación, y en cada fase depende
de técnicas y procedimientos patentados.
Es más
bien una aplicación de la doctrina del shock por parte de las
empresas, en medio de la crisis que vivimos, para aumentar sus ganancias.
Pero para los países significará un aumento en el uso
de herbicidas peligrosos, como el glifosato (posible cancerígeno
para seres humanos según la Agencia Internacional de Investigaciones
del Cáncer) y otros como el 2,4-D, glufosinato de amonio y dicamba;
la pérdida de soberanía alimentaria, una mayor dependencia
tecnológica y mayor deterioro ambiental.
Elizabeth Bravo
Acciòn Ecologìca
Agosto 2020