Reuniones de Convenios internaciones, Uruguay presente
A fines de abril, y hasta principios del mes de mayo recientes, se realizaron en Ginebra, Suiza, la doceava reunión del Convenio de Estocolmo, que tiene como objetivo la eliminación de sustancias denominadas Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) y la doceava reunión del Convenio de Róterdam, que establece un procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) para la importación de productos químicos peligrosos, en el cual el país exportador debe informar al país importador cuáles son los riesgos de esa sustancia.
Uruguay estuvo presente en ambas reuniones con representantes de los Ministerios de Medio Ambiente, de Agricultura, Ganadería y Pesca y de la Misión Permanente del Uruguay ante la Organización de las Naciones Unidas.
Convenio de Estocolmo
Las sustancias que por sus características son catalogadas como Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), tras un debate a nivel global, son incorporadas a una lista, que es parte del Anexo A del Convenio de Estocolmo, con el fin de que sean eliminadas con ciertas excepciones.
Después de largas horas de negociaciones entre los representantes de los distintos países que participan del Convenio, entraron en la lista del Anexo A tres sustancias COP por cumplir con las características de ser persistentes, bioacumulativas y tóxicas y, por lo tanto provocar efectos adversos y significativos en la salud humana y el ambiente. Entre estas tres se encuentra el insecticida clorpirifos.
El clorpirifos se utiliza tanto a nivel agrícola como urbano. Es un plaguicida neurotóxico de desarrollo, actúa inhibiendo la enzima acetilcolinesterasa, causando envenenamiento por colapso del sistema nervioso del insecto, provocando su muerte. Esta enzima también está presente en las células nerviosas de los humanos y otros animales. Esto significa que la neurotoxicidad del clorpirifós no se limita a los insectos. La exposición en humanos al clorpirifós puede provocar varios trastornos del neurodesarrollo. Se ha relacionado con una disminución del coeficiente intelectual, pérdida de memoria de trabajo, autismo y enfermedad de Parkinson. Los niños son una población de mayor riesgo, porque sus cerebros están todavía en desarrollo y cualquier alteración puede causar serias dificultades. Los efectos adversos o síntomas graves de intoxicación aparecen a las pocas horas de trabajar con ellos, si entran al organismo por la piel, los ojos, si son inhalados o ingeridos, e incluso pueden causar la muerte.
Los efectos adversos tóxicos del clorpirifós en la salud humana, animal y en el ambiente han sido ampliamente reconocidos por tener características de Contaminante Orgánico Persistente. Además, por su gran potencial de propagación a gran distancia, no solo contamina las regiones donde fue aplicado, sino que se expande llegando a todo el planeta.
El medio más eficaz para proteger a la salud humana y al medio ambiente de los riesgos asociados con este insecticida es la prohibición total de su producción, venta y uso.
A pesar de haberse incluido en el Anexo A el insecticida clorpirifos por sus efectos adversos tóxicos en la salud humana, animal y en el ambiente ampliamente reconocidos mundialmente e incorporado por el Convenio a la lista para ser eliminado, durante la reunión, Uruguay solicitó una exención de su uso en el cultivo de sorgo y maíz transgénicos.
Para el maíz solicitó su uso para, gusanos cogolleros (Spodoptera cosmioides y Spodoptera frugiperda), barrenador menor del tallo del maíz (Elasmopalpus lignosellus), gusano cortador (Peridroma saucia), gusano elotero del maíz (Helicoverpa armigera), larvas (Lepidiota stigma), moscas de las plántulas (Atherigona spp.), barrenador del tallo (Ostrinia furnacalis), chinche verde (Nezara viridula).
En el caso del sorgo, la exención fue solicitada para el, gusanos cogolleros (Spodoptra cosmioides y Spodoptera frugiperda), barrenador menor del tallo del maíz (Elasmopalpus lignosellus).
Cultivo del maíz en el Uruguay
En Uruguay se cultiva maíz transgénico, principalmente los eventos MON810 y Bt11, desde 2003 y 2004 respectivamente. Estos eventos son maíces Bt, que producen una proteína tóxica para combatir algunas plagas de lepidópteros, como el barrenador del tallo europeo.
La introducción de maíz transgénico en Uruguay fue un tema controversial, con una larga historia de debate y oposición por parte de diversos sectores de la sociedad civil, incluyendo académicos, productores orgánicos y organizaciones ambientalistas. La principal objeción se centró en los potenciales impactos ambientales y de salud, así como en la pérdida de biodiversidad y la dependencia tecnológica que implica el uso de semillas transgénicas. Cabe destacar que se remarcó la no disminución del uso de agrotóxicos, fundamentalmente de insecticidas, en caso de aprobarse el cultivo transgénico.
La justificación dada por los defensores de la introducción del maíz transgénico, para que este se aprobara estuvo basada en la disminución sustancial del uso de agrotóxicos. Desde su introducción hasta hoy, más de veinte años después, este argumento ha ido cayendo fuertemente, ya que la realidad nos muestra totalmente lo contrario.
De acuerdo con cifras oficiales, en Uruguay cerca del 90% del maíz es transgénico. Considerando el aumento del uso de agrotóxicos vinculado a las semillas transgénicas, pareciera que los precursores de este tipo de cultivo impulsan más la venta de agrotóxicos que la venta de la semilla en sí.
Como ejemplo del aumento sustancial de agrotóxicos se hace notar la Resolución N° 303/024 de mayo del 2024 donde se autoriza el uso de forma excepcional para combatir la chicharrita del maíz (Dalbulus maidis) de los productos registrados y formulados a base de los siguientes ingredientes activos: Imidacloprid, Tiametoxam, Clotiniadin (como curasemillas), Acefato, Profenofos, Sulfoxaflor+Lambda-cihalotrin, Imidacloprid + Beta ciflutrina, Acetamiprid + Bifentrin, Bifentrin + Imidacloprid y los ingredientes activos para mezclas de tanque: Cipermetrin (con Profenofos) y Bifentrin (con Acefato).
Convenio de Róterdam
Este Convenio determina que para la importación de determinados productos químicos considerados peligrosos, el país exportador debe informar al país importador cuáles son los riesgos de esa sustancia, en caso de que existan. Esto no implica la prohibición de la sustancia, sino que la misma pasa a ser parte del Artículo III del Convenio y deben cumplir con un procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP).
En esta instancia se discutió la incorporación del herbicida paraquat en el Artículo III del Convenio de Róterdam, simplemente para ofrecer mejor información a los países que son parte de este convenio como Uruguay, con el objetivo de tener un mejor control de este producto químico.
El paraquat es un herbicida tóxico que, si se ingiere o se expone a él, puede causar daños graves a la salud, incluso la muerte. Se ha asociado con efectos secundarios negativos en humanos, incluyendo el párkinson y la enfermedad renal. Los trabajadores agrícolas son especialmente vulnerables a su exposición.
Investigaciones académicas rigurosas han demostrado que prohibir el paraquat es el medio más efectivo para reducir las muertes que este provoca, 72 países lo han prohibido sin ningún impacto identificable en la producción agrícola. En nuestra región han eliminado su uso en Brasil, Chile, Costa Rica y Perú y 27 países de la Unión Europea.
Sin embargo, durante la discusión de la inclusión del paraquat en el Convenio de Róterdam, Uruguay se opuso a su incorporación en el Anexo III del tratado, aludiendo la importancia de su uso en la soja. Vale aclarar que la soja que se siembra en nuestro país es transgénica, y que el uso masivo del glifosato, glufosinato de amonio y el 2.4D como herbicidas ha provocado la resistencia de muchas malezas, por lo tanto es a través de este letal herbicida la única manera en que se visualiza poder combatirlas. Una vez más se priorizan intereses de unos pocos en desmedro de la salud y calidad de vida de los trabajadores y poblaciones aledañas a los cultivos.
En el caso del insecticida fentión, Uruguay apoyó su incorporación a la lista del Anexo III del Convenio de Róterdam. Fácil decisión, se elimina lo que no se usa. La venta y uso de esta sustancia fue eliminada en nuestro país un par de años atrás por ser muy tóxico.
En cuanto al carbosulfán, insecticida de amplio espectro que se utiliza en Uruguay para controlar plagas en diversos cultivos. A pesar de ello, Uruguay apoyó su incorporación al Anexo III, y al mismo tiempo, reconoce que se usa en el cultivo de la papa.
Uruguay una gran contradicción
La actitud de Uruguay en las reuniones del Convenio de Estocolmo y Róterdam hace un reconocimiento del uso de sustancias altamente tóxicas como los insecticidas clorpirifos y carbosulfán y el herbicida paraquat y, más aún, que sus usos son justificados, sin tomar en cuenta la salud humana y el ambiente.
La exención que solicita Uruguay del insecticida clorpirifos y la negativa de tratar el paraquat como un químico peligroso, sumado al aumento de sus usos en nuestro país marca una clara contradicción con el espíritu de estos Convenios de abogar en pos de la salud humana y el ambiente.
Solo una transformación en el modelo de producción podrá cambiar este sistema destructivo para el ambiente y la población.
RAPAL Uruguay
Mayo 2025